- abril 29, 2021
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El ERE es un Expediente de Regulación de Empleo que las empresas pueden llevar a cabo, explicando las causas y ofreciendo datos que lo justifiquen, con el fin de reducir su plantilla ante un problema económico o de reestructuración de la propia empresa. Si embargo, no siempre podemos hablar de «despido colectivo o extinción del cese de actividad de la empresa», ya que también se puede usar para la reducción de la jornada laboral o la suspensión de contratos de trabajo, lo que en ambos casos no conlleva despido ni cese de actividad definitivo de la empresa.
Está regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores
El ERE deberá afectar, durante un periodo de 90 días, a:
Se conocen como las causas ETOP:
Lo solicita el empresario y tiene que abrir un periodo de consultas, esto se realizará mediante un escrito dirigido a los representantes legales de los trabajadores.
Antes de la comunicación empresarial para iniciar la apertura del periodo de consultas, debe quedar constituida la comisión representativa de los trabajadores.
Período de consultas
El periodo de consultas tiene una duración máxima de 30 días naturales (o de 15 si la empresa tuviera menos de 50 empleados). La consulta con los representantes legales deberá tratar, como mínimo, la posibilidad de evitar o reducir los despidos y atenuar sus consecuencias (medidas de recolocación, acciones de formación, reciclaje profesional, etc.).
A diferencia del ERTE, en el ERE encontramos varios pasos que son obligatorios para la empresa que lo solicita:
Como vimos en el artículo anterior, un ERTE es un ERE Temporal; mientras que un ERE es definitivo. Son diferentes en sus requisitos, en su tramitación y, especialmente, en sus consecuencias para el trabajador afectado.
La diferencia principal es que un ERTE no es un despido ni conlleva la pérdida del puesto de trabajo para el trabajador, es solo una suspensión temporal
Si embargo, un ERE es un despido colectivo (aunque no lo pueda llevar a cabo cualquier empresa ya que tiene unas condiciones concretas, según el número de trabajadores de la empresa).
Conclusión
En este nuevo artículo hemos conocido qué es un ERE de empresa, sus tipos, procedimiento.
Por ello, si te estás planteando aplicar un ERE a tu empresa y quieres emplear medidas sociales de acompañamiento, tales como la recolocación, las acciones de formación o el reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad, no lo dudes, contacta con nosotros, tenemos las soluciones y el asesoramiento que necesitas.